Boletín técnico – enero 2023

Índice

  1. Informe de prenorma
  2. Normas recientemente publicadas en el DOUE
  3. Próximas normas A publicar en el DOUE 
  4. Próximas normas a publicar por CEN/CENELEC
  5. Normas en desarrollo
  6. Consultas técnicas más relevantes
    •  Periodo para la aplicación de la EN ISO 20345
  7. Actualidad en normativa y otras novedades
    • Modificación de las normas aplicables al calzado
    • Protección respiratoria 
    • Actualización de las condiciones de comercialización de EPI con marcado UKCA

1. Informe de prenorma

Desde el anterior boletín, ASEPAL ha elaborado los siguientes informes de norma y está a disposición de las empresas asociadas a través del enlace de acceso a la parte privada de la web de ASEPAL (para  consultarlos, es necesario identificarse en la zona privada antes hacer clic en el enlace)

Cada informe de norma contiene una brevísima descripción del borrador objeto de estudio y los principales aspectos de la norma objeto de estudio. Así mismo, se destacan los principales cambios en relación a la norma a sustituir.

Informe de norma Norma a la que sustituye Fecha prevista de edición por CEN Fecha orientativa edición DOUE
Informe de la prEN 813:2022 – Arneses de asiento EN 813:2008 Enero 2023 Julio 2023
Informe de la prEN 795:2022 – Dispositivos de anclaje EN 795:2012 Mayo 2024 Noviembre 2024

2. Normas recientemente publicadas en el DOUE

Tras la publicación de la Decisión de ejecución (UE) 2022/2414, el pasado día 9 de diciembre de 2022, la Comisión Europea publicó una relación de normas armonizadas en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) que se incorporan a la relación de normas armonizadas para EPI que dan presunción de conformidad con los requisitos esenciales del Reglamento (UE) 2016/425. En la misma publicación, también se anuncian las referencias de las normas que se retirarán de la publicación del DOUE y la fecha en la que se producirá dicha retirada.

Ya que la conformidad con una norma armonizada confiere la presunción de conformidad con los requisitos básicos correspondientes establecidos en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de dicha norma en el DOUE, las nuevas normas que se relacionan en la tabla a la que se accede a través del enlace que se ofrece un poco más abajo, ofrecen presunción de  conformidad desde el día 9 de diciembre de 2022.

En la misma publicación, se han modificado las fechas de la retirada de la presunción de la conformidad de las normas de protección auditiva. Recordemos que en julio de 2021 se publicó en el DOUE la relación de normas armonizadas de protección auditiva que sustituían a las versiones de 2002 y 2008 de las EN 352-1 a EN 352-8. En esta publicación, la fecha de retirada de la presunción de la conformidad era enero de 2023 Recuerden que, las normas a sustituir sólo dejarán de dar presunción de conformidad a partir de la fecha en que se produce la retirada de la referencia normativa indicada. En el periodo transitorio, que se extiende desde el inicio de la presunción de conformidad de las nuevas normas, hasta la fecha de retirada de la norma a sustituir, ambas versiones de las normas dan presunción de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425.

Por último, la Decisión (EU) 2022/1914 publicó una serie de normas que afectan a los equipos destinados a la ayuda para la flotación individual.

Puede consultarse el listado completo de normas incorporadas y eliminadas en este enlace:

https://drive.google.com/file/d/1RVrzZhr6xsFCwArP5y119Vqt0LOFa0b-/view?usp=sharing

3. Próximas normas a publicar en DOUE

A continuación, se proporciona una relación de normas que, una vez han sido publicadas por CEN y/o CENELEC, previsiblemente se publicarán por primera vez en siguientes ediciones del DOUE.

La publicación de estas referencias en el DOUE se realizará tras un análisis previo de la Comisión Europea, quien decidirá si la norma cumple los criterios que le permiten otorgar presunción de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425. También será la Comisión Europea la que establezca la fecha en la que la versión de la norma a  sustituir, cuando sea el caso, será eliminada del DOUE.

Recordamos que la fecha de edición que aparece en la tabla a la que se accede a través del enlace que se proporciona al final de este apartado, es la fecha en la que la norma está disponible en CEN en inglés, francés y alemán.

La fecha límite que aparece en la tabla, es la fecha en la que cualquier versión nacional de la norma es sustituida y anulada por la nueva norma. Tradicionalmente, esta fecha ha sido la que ha tomado la Comisión Europea para fijar como fecha de retirada de la presunción de conformidad de la norma a sustituir en las publicaciones del DOUE. Por ello, indicamos esta fecha límite como una orientación acerca de  cuándo podría perder la presunción de conformidad la norma a la que sustituye  la nueva versión. Sin embargo, hay que recordar que sólo la fecha que  figure en el DOUE será la que tenga validez a efectos de pérdida de conformidad  con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425.

La tabla, como todas las de este boletín, están ordenadas por sector de protección, luego por fecha límite estimada y por último, por número de norma. Puede accederse a la lista en este enlace:

https://drive.google.com/file/d/1t5o37I-HcsqLQYqVJc5rlYf9bmckMY1G/view?usp=sharing

4. Próximas normas a publicar por CEN/CENELEC

A continuación, se proporciona una previsión las normas armonizadas que CEN y/o CENELEC deberían editar a lo largo de los próximos meses.

Recordamos que, en la tabla a la que se accede en el enlace que se proporciona en este apartado, la fecha de publicación únicamente es un proceso administrativo que atiende a los reglamentos internos de CEN o CENELEC y que sólo  tiene relevancia a efectos de la disponibilidad de la norma para su adquisición a través de los distintos organismos de normalización nacionales, como UNE.  A efectos de evaluación de la conformidad, sólo una norma cuya referencia esté publicada en el DOUE  dará presunción de conformidad con los requisitos esenciales del Reglamento  (UE) 2016/425.

Así mismo, la fecha límite, representa fecha en la que cualquier versión nacional de la norma es sustituida y anulada por la nueva norma, que generalmente coincide con la fecha que toma la Comisión Europea para fijar como fecha de retirada de la presunción de conformidad de la norma a sustituir en las publicaciones del DOUE. Sin embargo, hay que recordar que sólo la fecha que figure en el DOUE será la que tenga validez a efectos de pérdida de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425.

La tabla, como todas las de este boletín, están ordenadas por sector de protección, luego por fecha límite estimada y por último, por número de norma. Puede accederse a la lista en este enlace:

https://drive.google.com/file/d/1aiDQ7jgz8h0FpW4ylDkKjOwrdNJfNijw/view?usp=sharing

5. Normas en desarrollo

Se proporciona una relación de normas que actualmente están en desarrollo en los distintos comités de normalización.

Como en el apartado 3, la fecha  límite estimada es la fecha en la que cualquier versión nacional de la norma es sustituida y anulada por la nueva norma, que generalmente coincide con la fecha que toma la Comisión Europea para fijar como fecha de retirada de la presunción de conformidad de la norma a sustituir en las publicaciones del DOUE.

Sin embargo, hay que recordar que sólo  la fecha que figure en el DOUE será la que tenga validez a efectos de pérdida  de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425.

Todos los  borradores de las normas en desarrollo están disponibles para los  asociados para su consulta y emisión de comentarios, si proceden. Los comentarios que se reciban por parte de las empresas asociadas serán transmitidos al comité nacional, quien a su vez lo remitirá al comité europeo.

La tabla, como todas las de este boletín, están ordenadas por sector de protección, luego por fecha límite estimada y por último, por número de norma. Puede accederse a la lista en este enlace: 

https://drive.google.com/file/d/1gfvSgv7hm7r-Mc-N4Bwz0BepPoyyGhXy/view?usp=sharing

6. Consultas técnicas más relevantes

La resolución de consultas técnicas es uno de los servicios que el departamento técnico de ASEPAL ofrece a todas sus empresas asociadas. A través de este servicio, cualquier miembro asociado puede plantear dudas relativas a la normativa y legislación aplicable a los EPI.

Durante el periodo transcurrido desde el último boletín, destacamos las siguientes temáticas planteadas ya que consideramos que pueden ser de interés para el conjunto de los asociados.

6.1. Periodo para  la aplicación de la EN ISO 20345

La norma EN ISO 20345:2022 fue publicada en por parte del CEN en marzo de 2022. Pese a que aún no se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), muchas empresas nos han preguntado en qué momento será obligatoria la aplicación la nueva normativa.

En primer lugar, recordemos que únicamente una norma cuya referencia figure en el DOUE otorga presunción de conformidad con los requisitos esenciales de salud y seguridad del Reglamento (UE) 2016/425. Por lo tanto, actualmente, la única versión que otorga presunción de conformidad con los requisitos del Reglamento EPI es la EN ISO 20345:2011.

Cuando la referencia de la EN ISO 20345:2022 se publique en el DOUE, la Comisión Europea establecerá una fecha en el que la versión anterior perderá presunción de conformidad. Será a partir de esta fecha cuando los nuevos productos deberán ponerse en el mercado con la nueva versión de la norma.

Desafortunadamente, la fecha en la que la EN ISO 20345:2011 perderá presunción de conformidad sólo podrá saberse cuando haya una publicación de referencias de normas armonizadas en el DOUE. La Comisión necesita primero revisar a fondo la norma, trabajo que aún puede llevar algún tiempo. En el momento en el que se produzca la publicación de la nueva referencia normativa, y se sepa la fecha de transición, se lo comunicaremos puntualmente.

Sin embargo, y aunque la referencia de la EN ISO 20345:2022 no haya sido publicada aún en el DOUE, ya está disponible al haber sido publicada por CEN. Ello implica que podría utilizarse por parte de los fabricantes como base para la certificación del calzado.

7. Actualidad en normativa y otras  novedades

A continuación, transmitimos la información que nos ha llegado, a través de distintos medios acerca de otros asuntos relacionados con los EPI, y que consideramos pueden ser de interés para las empresas asociadas.

7.1. Modificación de las normas  aplicables al calzado

En su reunión de diciembre de 2022, el comité normalizador responsable de las normas de calzado de protección, el ISO/TC94/SC3, ha acordado iniciar los trabajos de normalización que supondrán la modificación de las normas ISO 20344:2021, ISO 20345:2021, ISO 20346:2021 e ISO 20347:2021. Esta modificación supondrá la enmienda de las correspondientes normas europeas (las cuales, son idénticas a las ISO). Aún no se han circulado los borradores de las enmiendas, pero ASEPAL les mantendrá informados del desarrollo de estos procesos. El tiempo para llevar a cabo el proyecto se establece en 18 meses.

Tras la publicación de las normas, se detectaron algunos problemas y se determinó que la forma más rápida de solventarlos es a través de una enmienda. Ya que en la actualidad hay calzado conforme a las versiones actuales de la norma, se aclaró que las modificaciones no cambiarán el nivel de seguridad del calzado. Las modificaciones propuestas se resumen a continuación:

  • Modificación EN ISO 20344:
  • Nueva evaluación de las plantillas metálicas tras el ensayo de flexión
  • Clarificación cuando de las mediciones de incertidumbre no pueden determinarse
  • Nueva altura del agua en el ensayo de paso para el calzado híbrido.
  • Reducir el número y tamaño de las tallas para el ensayo de permeabilidad al vapor de agua.
  • Clarificación de la protección interior del tobillo.
  • Modificación EN ISO 20345, 46 y 47
  • Clarificación de los refuerzos de la puntera moldeados también entran en la definición
  • Especificación del tamaño del tope
  • Permeabilidad al vapor de agua. Incrementar el porcentaje máximo de materiales no permeables al agua al 50%.

7.2. Protección respiratoria

Finalmente se ha aprobado iniciar el proceso normativo que llevará a la modificación de la norma EN 149:2001+A1:2009 sobre mascarillas autofiltrantes. Una vez aprobado este paso, se preparará un nuevo borrador en el CEN/TC 79 para iniciar los trabajos de normalización, los cuales deberán finalizar en un plazo máximo de 18 meses desde que se presente el primer borrador. ASEPAL mantendrá informados a sus asociados durante todo el proceso.

7.3. Actualización  de las condiciones de comercialización de EPI con marcado UKCA

El lunes 14 de noviembre, el Gobierno británico presentó una modificación en las condiciones de comercialización de EPI en el Reino Unido respecto de las establecidas en junio de 2022.

Las modificaciones tienen por fin el proporcionar más tiempo para la transición al régimen independiente de UKCA posterior al Brexit, brindando a las empresas flexibilidad y opciones sobre cómo cumplir con las regulaciones del producto. Las nuevas condiciones presentadas son, de forma resumida:

  • Los fabricantes pueden usar las evaluaciones UE de Tipo como base para aplicar el marcado UKCA hasta el 31/12/24, por lo que una extensión adicional de 2 años de la establecida en junio.
  • El Gobierno británico continuará reconociendo el marcado CE sobre el producto en Gran Bretaña por un periodo adicional de 2 años, permitiendo a los negocios usar tanto el marcado UKCA como el marcado CE hasta el 31 de diciembre de 2024. De esta forma, se reconocerá el marcado CE para los EPI que se pongan en el mercado británico hasta las 23 h del 31 de diciembre de 2024.
  • Se permitirá colocar el marcado UKCA e incluir la información del importador de países del Espacio Económico Europeo en un documento que acompañe al producto o una etiqueta hasta el 31 de diciembre de 2027.

Puede ampliarse información en estos enlaces:

https://www.gov.uk/guidance/using-the-ukca-marking#using-the-ukca-marking-in-different-markets

https://www.gov.uk/government/news/businesses-to-be-given-uk-product-marking-flexibility