Tras la nota de prensa emitida por ASEPAL el pasado 14 de octubre en relación a la fiabilidad de los laboratorios que realizan los ensayos asociados a las mascarillas higiénicas, hemos sido requeridos por ITEL para elaborar una nota rectificativa ya que, según indican, de sus laboratorios no ha salido nunca un informe que declare que una mascarilla puede alcanzar hasta 300 ciclos de lavado. En este sentido, esta nota pretende aclarar que la alusión a los 300 lavados está basada en las características ofrecidas en determinados productos que indican tener el certificado de ITEL, este certificado no se encuentra publicado actualmente en la web correspondiente, y por lo tanto no puede verificarse esta información particular. Sin embargo, sí que se pueden encontrar mascarillas higiénicas avaladas hasta 150 lavados, con el certificado correspondiente de ITEL accesible. Este número de lavados también es especialmente llamativo, por lo desproporcionadamente elevado para este tipo de producto, si los comparamos con el número de ciclos de lavado que pueden encontrarse en los certificados e informes de ensayo para otros productos y tejidos, como los que pueden encontrarse en la serie de materiales ensayados para la elaboración de mascarillas higiénicas reutilizables que pueden encontrarse en la página web oficial del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
No obstante, y al margen del número de ciclos de lavado, debe tenerse presente siempre, que el acento de la comunicación emitida por ASEPAL se colocaba sobre la responsabilidad única y última que tiene el fabricante o importador de las mascarillas higiénicas acerca de los datos y propiedades que declare para el producto. Ésta responsabilidad ineludible que adquiere el fabricante sobre el producto, nos hace volver a incidir sobre la importancia de que las empresas que fabriquen o importen mascarillas higiénicas se basen en datos emitidos por entidades de reconocida solvencia técnica en la realización de los ensayos destinados a verificar el cumplimiento con las propiedades declaradas por las mascarillas higiénicas que se ponen en el mercado. En caso de que una empresa se basase en informes de ensayo dudosos, y en el caso de que las autoridades de vigilancia de mercado, en el transcurso de sus actuaciones, detectase que los datos ofrecidos por el fabricante, no se ajustan a la realidad del producto, actuarían conforme lo estipulado por la legislación vigente para preservar la seguridad y la salud de los consumidores y usuarios, llegando incluso al extremo de retirar el producto del mercado.
Como decíamos en nuestra nota del 14 de octubre, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, señala en su documento sobre preguntas frecuentes sobre mascarillas higiénicas los elementos que “pueden ser indicativos de que el ensayo es dudoso”, y que, por lo indicado anteriormente podrían tener consecuencias indeseables sobre las empresas que comercializan productos que se basan en los datos de dichos ensayos.
A continuación, aportamos algunos ejemplos encontrados en informes de ensayo que obran en nuestro poder y que podrían ser representativos de los elementos apuntados por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo como indicativos de que el ensayo es dudoso:
El citado Ministerio alerta contra informes de ensayo “emitidos por entidades de dudosa capacidad, errores de forma o de concepto, contenido que no se adapta a lo que pide la especificación aplicable”. En relación a contenidos que no se adaptan a lo que pide la especificación aplicable, comentar que cuando se alega cumplimiento con una especificación determinada, como la UNE 0065, los procedimientos de lavado asociados deben ser capaces de eliminar el virus (véase apartado 4.1.2 de la UNE 0065:2020). Las mascarillas higiénicas que declaran cumplimiento con dicha norma deben ser capaces de demostrar que cumplen con los requisitos declarados, tras el número máximo de ciclos de lavado declarados por el fabricante.
En relación a este grado de cumplimiento, hemos detectado que, en algunos informes de lavado, el número declarado de ciclos de lavado para los cuales no se alteran las propiedades de la mascarilla, se asocian a condiciones que se alejan notablemente de lo especificado en la UNE 0065 en lo relativo al tiempo y temperatura de lavado. En este sentido, los ejemplos de condiciones de temperatura citados en la UNE 0065, y los cuales se asocian con condiciones capaces de eliminar el virus, hacen referencia procedimientos de lavado estandarizados (UNE-EN ISO 6330 programa 6N) y a temperaturas de 60 ºC, otros medios alternativos de lavado son los recomendados por el Ministerio de Sanidad, el cual indica expresamente procedimientos de “lavado y desinfección de las mascarillas con detergente normal y agua a temperatura entre 60º-90º” y un “ciclo normal de lavadora”. Por su parte, en los informes anteriormente citados, el número de ciclos de lavado se realiza a temperaturas inferiores a 60 ºC y tiempos de lavado máximos de 10 minutos. Queremos llamar la atención sobre el hecho de que la disparidad entre lo requerido por normas como la UNE 0065 sobre la que se pretende conformidad,y las condiciones de ensayo como las mencionadas, podrían ser un indicio de informes de ensayo dudosos para los fines de comercialización de mascarillas higiénicas en España.
Otro ejemplo de indicio de que estamos ante un informe de ensayo dudoso apuntado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo es la presencia de elementos que “puedan dar a entender que una mascarilla higiénica es un EPI o que tiene las prestaciones de un EPI” En este sentido, un elemento constante que nos hemos encontrado en determinados tipos de informes de ensayo es la declaración rotunda de que “se ha analizado la capacidad de estas mascarillas a la filtración de partículas según la norma UNE-EN 149” o indicación de una “equivalencia FFP-2”, denominaciones que se asocian de forma ampliamente reconocida con las mascarillas autofiltrantes, las cuales constituyen un equipo de protección individual (EPI) ampliamente utilizado para la protección frente a la inhalación de partículas en suspensión aérea.
A modo de conclusión, queremos hacer hincapié en la crucialidad que representa para las empresas que comercializan mascarillas higiénicas en ser capaces de responder por las propiedades declaradas, motivo por el cual, recomendamos extremar las precauciones y examinar detenidamente los certificados sobre los que basan parte de la comercialización de las mascarillas higiénicas, en búsqueda de cualquiera de los elementos pudieran generar algún tipo de inquietud o de duda. Debido a las consecuencias que puede tener para una empresa la comercialización de un producto para el que no puedan verificarse las propiedades que el fabricante declara, ASEPAL vuelve a recomendar a todas las partes interesadas en la comercialización y uso de las mascarillas higiénicas el confiar los ensayos asociados a dichas mascarillas a entidades de ensayo de reconocida solvencia y competencia técnica para la realización de los ensayos de eficacia filtrante bacteriana y de respirabilidad, o de cualquier otra propiedad que se declare para la mascarilla higiénica.