Nuevo Reglamento europeo sobre vigilancia de mercado

El establecimiento de un mercado único dentro de la UE ha reportado numerosas ventajas económicas a las empresas y consumidores de toda la UE, al crear un mercado con unas reglas comunes cuya prioridad principal es la protección de la salud y seguridad de trabajadores, consumidores, medioambiente y otros intereses comunes de los ciudadanos.

No obstante, como en cualquier sistema que se establezca, siempre hay algún punto flaco. En el sistema de mercado con que contamos los ciudadanos europeos, hay dos aspectos que precisan correcciones y a los que las instituciones europeas están dedicando especial atención en estos momentos.

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El establecimiento de un mercado único dentro de la UE ha reportado numerosas ventajas económicas a las empresas y consumidores de toda la UE, al crear un mercado con unas reglas comunes cuya prioridad principal es la protección de la salud y seguridad de trabajadores, consumidores, medioambiente y otros intereses comunes de los ciudadanos.

No obstante, como en cualquier sistema que se establezca, siempre hay algún punto flaco. En el sistema de mercado con que contamos los ciudadanos europeos, hay dos aspectos que precisan correcciones y a los que las instituciones europeas están dedicando especial atención en estos momentos.

Por un lado, es preciso controlar las actuaciones de comerciantes y agentes económicos que tergiversan las regulaciones de armonización para lograr dinero fácil o ventajas competitivas. Por otro, que la vigilancia del mercado se lleve a cabo con el mismo nivel de intensidad en todas las zonas de la UE, para evitar que se formen puntos vulnerables o coladeros de entrada de productos no conformes.

La Comisión Europea y el Parlamento Europeo están desarrollando en estos momentos un nuevo Reglamento sobre seguridad de productos y vigilancia del mercado. El nuevo Reglamento está actualmente en fase de tramitación en el Parlamento y tiene fecha prevista de entrada en vigor, el próximo 15 de enero de 2015. Entre otras cosas, el Reglamento capacitará a las autoridades de vigilancia de mercado para que tomen medidas si existen suficientes pruebas de que un producto supone un riesgo grave para la salud y la seguridad, incluso si cumple perfectamente con toda la legislación aplicable en materia de salud y seguridad de los productos. La aprobación de este texto, además de suponer una mejora en las condiciones en las que se introducirán y comercializarán productos en el mercado único, constituirá un revulsivo para todo el sector de los EPI y para el mercado en general, comparable al que supuso la aprobación del RD 330/2008 sobre control de productos importados.

Los miembros asociados de ASEPAL pueden consultar un resumen del Reglamento y acceder a una copia del mismo en la que hemos resaltado los aspectos más relevantes de este futuro documento pinchando aquí.